- Cada entidad podrá presentar una única o varias solicitudes en esta convocatoria. Cada solicitud contendrá un único proyecto individual, independiente y autónomo en cuanto a las actuaciones que incluye y los costes e inversiones imputados.
- Las actuaciones financiadas, deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
- Todas las solicitudes, deberán acreditar el efecto incentivador de la ayuda: Se considera que la ayuda concedida tiene efecto incentivador si, antes del inicio de los trabajos del proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda.
- El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto de esta convocatoria será de 100.000 euros
PERTE Salud
PERTE Salud
Deialdiaren data
2022(e)ko maiatzak 18, asteazkena
Mugaeguna
2022(e)ko ekainak 15, asteazkena
Parte hartzeko modalitatea
-
Banakakoa
Deialdiaren tamaina
Dirulaguntza
Deialdiaren ezaugarriak
Laburpena
Se aprueba la convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas correspondiente al año 2022, para la ejecución de proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector productos sanitarios.
Esta convocatoria, está orientada al tejido industrial en el marco del PERTE Salud de Vanguardia.
El ámbito temático de esta orden, será el desarrollo e implementación de proyectos de innovación en sostenibilidad, en empresas industriales del sector farmacéutico y el sector de productos sanitarios.
Actividades incluidas:
- Fabricación de productos farmacéuticos de base y fabricación de especialidades farmacéuticas.
- Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación.
- Fabricación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos.
- Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.
- Fabricación de otros productos químicos
- Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización.
- Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas del sector farmacéutico o de productos sanitarios en sus procesos de producción industrial.
- Actividades de servicios a la industria farmacéutica o de productos sanitarios.
Los proyectos deben de enmarcarse en alguna de las siguientes líneas: Investigación industrial, Proyectos de desarrollo experimental, Proyectos de innovación en materia de organización, Proyectos de innovación en materia de procesos, Proyectos de protección de medio ambiente y Medidas de ahorro energético.
Importe total 50.000.000 euros:
- Préstamo: 25.000.000 euros
- Subvención: 25.000.000 euros
Parte hartzeko baldintzak:
Kontzeptu finantzagarriak:
Para cada proyecto presentado y categorizado en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, se incluirán las siguientes partidas de gastos:
- Costes de personal.
- Costes de instrumental y material inventariable.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
Para cada proyecto presentado y categorizado en la Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética, serán susceptibles de ayuda las siguientes partidas de gastos:
- Aparatos y equipos de producción
- Edificación e instalaciones
- Activos inmateriales
- Colaboraciones externas
Osagaiak:
Intensidad de las ayudas
En su solicitud, las entidades podrán seleccionar si solicitan ayuda en la modalidad de préstamo reembolsable, subvención o de una combinación de las dos modalidades, con el máximo importe de subvención posible.
La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.
El importe máximo de subvención a percibir por cada solicitud, estará limitado en esta convocatoria a 4.000.000 euros por grupo empresarial.
El importe de la ayuda en forma de subvención será, como máximo:
- a) Del 50% del presupuesto financiable, en el caso de pequeñas empresas.
- b) Del 20% del presupuesto financiable, en el caso de medianas empresas.
- c) Del 10% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
- d) Del 10% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Línea de investigación, desarrollo e innovación.
- e) Del 5% del presupuesto financiable, en el caso de grandes empresas, para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación
Préstamo:
- Importe del préstamo: no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado, y no podrá superar la cifra de negocios media en los ejercicios 2020 y 2021.
- Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%.
- Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será de diez años, con un plazo de carencia de tres años.
Helburu-kolektiboa/onuradunak:
- Empresas que desarrollen una actividad industrial en el sector farmacéutico y de productos sanitarios, y que no formen parte del sector público.
Lehentasun tematikoak:
- Apoyo a empresas industriales del sector farmacéutico y el sector de productos sanitarios.

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